¿Qué dice la Nueva Ley de Protección Animal?
Clínica Veterinaria San Antón
Desde que el 5 de enero de 2022 se aprobara en España que los animales son considerados seres vivos dotados de sensibilidad, muchas han sido las preguntas de los propietarios acerca de las nuevas leyes y el DNI animal. Lo cierto es que aún no hay información concreta sobre cómo va a ser el DNI de los animales de compañía pero sí sabemos que el 18 de febrero de 2022 fue aprobada en España la nueva Ley de Bienestar y Protección Animal que regula la relación con los animales de compañía y procura acabar con el maltrato, el abandono y el sacrificio de los animales. A pesar de que ha sido muy controvertida, y que cada cual puede tener una opinión al respecto, intentaremos resumir los puntos cruciales a tener en cuenta:
1. Fin a la comercialización de animales en las tiendas de mascotas, así como su exhibición y exposición al público con fines comerciales. La cría, solo podrá llevarse a cabo por criadores autorizados y registrados, nunca por particulares. El traspaso de animales entre particulares deberá ser gratuita y por contrato.
2. Ningún animal será a partir de ahora peligroso por su raza, cada perro deberá ser evaluado individualmente.
3. La eutanasia solo podrá realizarse bajo criterio y supervisión del veterinario para evitar su sufrimiento, por enfermedad o heridas incurables, o por motivos de sanidad animal, de seguridad de las personas o animales o por riesgo para la salud pública o medioambiental debidamente motivados normativa o científicamente.
4. Está prohibido abandonar animales en espacios cerrados o abiertos.
5. Se prohíbe también todo tipo de mutilación o modificación corporal, como cortes de orejas o cualquier otro por razones de belleza.
6. No se podrán utilizar animales en espectáculos públicos o actividades artísticas, turísticas o publicitarias, en atracciones mecánicas o carruseles de feria, así como el uso de animales de fauna silvestre en espectáculos circenses. Tampoco está permitido el uso de animales en exposiciones de belenes, cabalgatas o procesiones.
7. Ya no se podrán usar pinchos, correas, collares y otros accesorios similares que ahorquen o aparatos eléctricos que causen daños y sufrimientos a los animales, tales como los collares anti ladridos.
8. Ya no se podrá dejar a los animales en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios y similares o vehículos. Tampoco se podrá dejar sin supervisión a un animal de compañía durante tres días consecutivos y, en el caso de la especie canina, este plazo no podrá ser superior a veinticuatro horas consecutivas.
9. Está prohibida la eliminación de cadáveres de animales de compañía sin comprobar su identificación, cuando ésta sea obligatoria, y la no comunicación a la administración competente de la retirada del cadáver de un animal de compañía identificado.
10. No se podrá ceder o adoptar o comercializar un animal que no esté identificado.
No menos polémicas son las sanciones que plantean multas hasta de 600.000 euros o hasta incluso inhabilitar al infractor para la tenencia de una mascota.
Esto es sólo un resumen de los principales puntos a tener en cuenta con respecto a lo legal, lo que nunca puede cambiar es el amor y el respeto que estos compañeros de vida se merecen por parte de cada uno de nosotros.
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