¿Qué dice la Nueva Ley de Protección Animal?

en Te interesa el .

Clínica Veterinaria San Antón

Desde que el 5 de enero de 2022 se aprobara en España que los animales son considerados seres vivos dotados de sensibilidad, muchas han sido las preguntas de los propietarios acerca de las nuevas leyes y el DNI animal. Lo cierto es que aún no hay información concreta sobre cómo va a ser el DNI de los animales de compañía pero sí sabemos que el 18 de febrero de 2022 fue aprobada en España la nueva Ley de Bienestar y Protección Animal que regula la relación con los animales de compañía y procura acabar con el maltrato, el abandono y el sacrificio de los animales. A pesar de que ha sido muy controvertida, y que cada cual puede tener una opinión al respecto, intentaremos resumir los puntos cruciales a tener en cuenta:

1. Fin a la comercialización de animales en las tiendas de mascotas, así como su exhibición y exposición al público con fines comerciales. La cría, solo podrá llevarse a cabo por criadores autorizados y registrados, nunca por particulares. El traspaso de animales entre particulares deberá ser gratuita y por contrato.

2. Ningún animal será a partir de ahora peligroso por su raza, cada perro deberá ser evaluado individualmente.

3. La eutanasia solo podrá realizarse bajo criterio y supervisión del veterinario para evitar su sufrimiento, por enfermedad o heridas incurables, o por motivos de sanidad animal, de seguridad de las personas o animales o por riesgo para la salud pública o medioambiental debidamente motivados normativa o científicamente.

4. Está prohibido abandonar animales en espacios cerrados o abiertos.

5. Se prohíbe también todo tipo de mutilación o modificación corporal, como cortes de orejas o cualquier otro por razones de belleza.

6. No se podrán utilizar animales en espectáculos públicos o actividades artísticas, turísticas o publicitarias, en atracciones mecánicas o carruseles de feria, así como el uso de animales de fauna silvestre en espectáculos circenses. Tampoco está permitido el uso de animales en exposiciones de belenes, cabalgatas o procesiones.

7. Ya no se podrán usar pinchos, correas, collares y otros accesorios similares que ahorquen o aparatos eléctricos que causen daños y sufrimientos a los animales, tales como los collares anti ladridos.

8. Ya no se podrá dejar a los animales en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios y similares o vehículos. Tampoco se podrá dejar sin supervisión a un animal de compañía durante tres días consecutivos y, en el caso de la especie canina, este plazo no podrá ser superior a veinticuatro horas consecutivas.

9. Está prohibida la eliminación de cadáveres de animales de compañía sin comprobar su identificación, cuando ésta sea obligatoria, y la no comunicación a la administración competente de la retirada del cadáver de un animal de compañía identificado.

10. No se podrá ceder o adoptar o comercializar un animal que no esté identificado.

No menos polémicas son las sanciones que plantean multas hasta de 600.000 euros o hasta incluso inhabilitar al infractor para la tenencia de una mascota.

Esto es sólo un resumen de los principales puntos a tener en cuenta con respecto a lo legal, lo que nunca puede cambiar es el amor y el respeto que estos compañeros de vida se merecen por parte de cada uno de nosotros.


Esta página web emplea tanto cookies propias como de terceros técnicas, para recopilar información estadística de su navegación por Internet y para mostrarle publicidad relacionada con sus gustos, así como para mejorar su experiencia de usuario. Al navegar por este sitio web, usted accede al empleo de estas cookies. Puede cambiar la configuración de su navegador para no aceptar su instalación u obtener más información en nuestra política de cookies.    Ver